Causales y Tipos de

Divorcio

El divorcio es una figura jurídica por medio de la cual se disuelve un matrimonio civil o cesan los efectos civiles del matrimonio religioso y se disuelve la sociedad conyugal. 

El divorcio es una figura jurídica por medio de la cual se disuelve un matrimonio civil o cesan los efectos civiles del matrimonio religioso y se disuelve la sociedad conyugal. Es decir, que mediante este trámite, quienes están casados dejan de estarlo, dejando sin efecto las obligaciones económicas y personales del matrimonio. 

¿Cuáles son las causales de divorcio?

ART. 154 Código Civil Colombiano.

Mantener relaciones sexuales extramatrimoniales por parte de uno de los cónyuges.

Toda conducta de uno de los cónyuges tendientes a corromper o pervertir al otro, a un descendiente  (hijo), o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo.

La separación de cuerpos, judicial o de hecho, que haya perdurado por más de dos años.

El incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone o como padres

Los ultrajes, el maltrato y el trato cruel de uno de los cónyuges

La embriaguez habitual de uno de los cónyuges o el uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica.

Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o psíquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud mental o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial.

El consentimiento de ambos cónyuges manifestado ante juez competente su deseo de divorcio. Esto debe ser reconocido mediante sentencia por el juez. 

Tipos de divorcio

En este tipo de divorcio los cónyuges están de acuerdo con la disolución del vínculo creado a través del matrimonio, se puede presentar por ambas partes o lo puede presentar uno de los cónyuges con el consentimiento del otro.

Es necesario acompañar el trámite con un acuerdo, el cual debe contener la tenencia, manutención, cuota alimentaria y regulación de visitas en caso de tener hijos. Este procedimiento se debe realizar por Notaria y en compañía de un abogado.

En este caso, uno de los cónyuges no se encuentra de acuerdo con el divorcio. Ante esto, el Juez será quien decidirá los términos del divorcio y los lazos legales y financieros de las partes.

Ahora bien, es importante aclarar que la sociedad conyugal se compone de los bienes que se adquirieron dentro del matrimonio, a menos que, uno de los cónyuges haya hecho capitulaciones, los bienes se dividen en partes iguales.

Con respecto a los bienes adquiridos antes del matrimonio, como los herenciales, son propios. Es decir, que no forman parte de la sociedad conyugal y, por ende, no se repartirían. 

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Autora:

Stefany Cárdenas Cubillos
Abogada Hey Mind S.A.S
Universidad Católica de Colombia
serviciosjuridicos@heymind.com.co

Referencias bibliográficas:

Código Civil Artículo 154. Causales de Divorcio. Art. 154 Código Civil Causales de divorcio Artículo 154 (CC) – Legislación colombiana 2021. (n.d.). https://leyes.co/codigo_civil/154.htm/ Gutiérrez, A. (2018). Causales y de divorcio. Gerencie.com. https://www.gerencie.com/causalesytramite-del-divorcio.html